El derecho a la desconexión en el ordenamiento francés. La cuestión de la efectividad del derecho al descanso en la era digital
DOI:
https://doi.org/10.6092/issn.2421-2695/7570Palabras clave:
Droit à la déconnexion, Loi travail, réglementation du temps de travail, négociation collective, pouvoir unilatéral de l’employeurResumen
El empleo de instrumentos digitales en la relación de trabajo incide en las fronteras de espacio y tiempo del trabajo subordinado. Ya en el 2002 un Autor teorizó un “derecho a la desconexión” concibiéndolo como el derecho a la vida privada del siglo XXI. Este derecho ha sido reconocido expresamente por la Loi Travail.
El legislador francés, sin embargo, no define el derecho a la desconexión. La individuación de su contenido es remitida a la negociación colectiva, más precisamente a aquel empresarial o en su ausencia al empresario. Parece posible distinguir dos aspectos: el derecho a la desconexión al trabajo (cuál posible remedio a los problemas que manan del iper-conexión) y el derecho a la desconexión del trabajo (a garantía del tiempo de descanso, de despedida y de vida personal).
Invocando el respeto del tiempo de descanso y vida personal y familiar, el legislador semeja referirse al derecho a la desconexión fuera del trabajo. Pero insertando este derecho en la temática de la calidad de la vida en el trabajo, parece paralelamente también considerar la desconexión al trabajo. La cuestión que se pone es comprender si el sistema legal sea capaz de asegurar ambos estos dos objetivos.
La evaluación de este nuevo derecho es controvertida.
La reglamentación se confía a la contratación colectiva relativa a la calidad de la vida al trabajo o, en falta, al poder unilateral del empresario. En la ensaya es evidenciado que tal decisión del legislador crea en particular algunas problemáticas por lo que atañe la desconexión del trabajo. La Autora es crítica sobre la idoneidad del cuadro legislativo considerando que la disciplina de la desconexión, integrada en la negociación colectiva sobre la igualdad profesional y sobre la calidad de la vida al trabajo, acaba de ser priva de coordinación con la reglamentación relativa al tiempo y a las cargas de trabajo.
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