Trabajo en plataformas digitales en España: primeras sentencias y primeras discrepancias
DOI:
https://doi.org/10.6092/issn.2421-2695/8799Palabras clave:
digital economy, platforms, employee, worker, self-employedResumen
En el presente trabajo se analizan las dos primeras sentencias dictadas en España sobre la calificación jurídica del trabajo en plataformas digitales y se estudian los problemas que en esta materia se están planteando en el ámbito del Derecho del Trabajo en relación con la dicotomía entre el estatus de trabajador por cuenta propia o ajena en el trabajo en plataformas digitales.Citas
Cavas Martínez F., Las prestaciones de servicios a través de las plataformas informáticas de consumo colaborativo: un nuevo desafío para el derecho del trabajo, en Revista de Trabajo y Seguridad Social, CEF, n. 406/2017, p. 53.
García Rubio M.A., La prestación de servicios a través de plataformas digitales: ¿nuevas cuestiones y soluciones jurídicas desde la perspectiva del derecho del trabajo?, en Descentralización productiva y transformaciones del Derecho del Trabajo, Coord. M. López Balaguer., Valencia, Tirant lo Blanch, 2018, pp. 207-208.
Ginés Fabrellas A. - Gálvez Durán S., Sharing economy vs uber economy y las fronteras del Derecho del Trabajo: la (des) protección de los trabajadores en el nuevo entorno digital”, en InDret, n. 1/2016, p. 36.
Mercader Uguina J., El futuro del trabajo en la era de la digitalización y la robótica, Valencia, Tirant lo Blanch, 2017.
Rodríguez Fernández M.L., Anatomía del trabajo en la Platform Economy, Artículo concultado en http://aadtyss.org.ar/index.php/jurisprudencia/documentos, p. 7.
Todolí Signes A., El impacto de la “Uber economy” en las relaciones laborales: los efectos de las plataformas virtuales en el contrato de trabajo, en IUS Labor, 2015, 3, p. 4.
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